¿Qué estamos haciendo para atender la diversidad?
Comparando con la educación del pasado, la legislación actual a avanzado en cuanto a la regulación de la educación para personas con dificultades de aprendizaje. La LOMCE incluye en su articulo 71 a las Administraciones
educativas como aseguradores de los recursos necesarios para que todas estas
personas reciban una atención educativa de acuerdo a sus necesidades educativas
especiales.
Los centros educativos disponen de una Plan de Atención a la
diversidad, documento en el que se recoge el plan de acción para dar respuesta a estas necesidades.
Sin
embargo, este modelo se aleja de la idea de inclusión a la que nos hemos ido refiriendo durante las distintas entradas de este blog. Aunque hayamos dejado atrás el sistema educativo exclusivo, aún no hemos alcanzado el modelo inclusivo que deseamos alcanzar. Nuestro modelo parece mas un modelo de
integración y no uno inclusivo. Aunque estos dos conceptos sean similares
y sus objetivos aparentemente iguales representan filosofías completamente
distintas. (Tabla 1)
Tabla 1. Diferencias Inclusión e Integración
Ejemplo de esto son las medidas que
proponen los Planes de atención a la diversidad en relación con los tipos de
agrupamientos y adaptaciones curriculares que separan a los alumnos según
sus características. Disponer de grupos especiales para atender sus necesidades puede derivar en un proceso de exclusión de los alumnos cuando se pretendía todo lo contrario. Mientras el modelo integrador propone atender los derechos de las personas con discapacidades, el modelo inclusivo pretende atender a todas las personas.
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